La imputación del delito de falsedad genérica en las fiscalias provinciales penales corporativas de Cajamarca desde el 01 de abril del 2010 al 31 de agosto del 2015
Resumen
La asignación de la calificación jurídica de Falsedad genérica a un hecho requiere, en principio, el descarte de la pertinencia de los tipos penales específicos previstos en los capítulos de los delitos contra la Fe pública y la Administración de justicia, y, por otro lado, el desarrollo de un ejercicio de subsunción de la conducta en los elementos típicos que reúne el texto legal del artículo 438 del Código penal vigente; la omisión de estos pasos genera que no se advierta la idoneidad de otros tipos penales para sancionar la conducta y, por ende, la conducción de diligencias infructíferas y la omisión de criterios dogmáticos pertinentes, factores que impiden la Formalización y continuación de la investigación. En la presente investigación, a partir del examen de cincuenta carpetas fiscales de las tres Fiscalías provinciales penales corporativas de Cajamarca, se busca determinar si, en efecto, se omite llevar a cabo dicho procedimiento previo a la calificación de un hecho como Falsedad genérica y las consecuencias jurídicas que ello acarrea para la etapa de investigación preparatoria.
Colecciones
- Escuela de Derecho [194]
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