¿Te Pueden Desheredar por Maltratar Física o Verbalmente a Tu Madre o Padre Afín? Num.1 del Art. 744 Cc.
Resumen
En la actualidad muchas personas ignoramos una variedad de temas
relacionados con el Derecho Sucesorio, como por ejemplo desconocer
quiénes son los herederos forzosos, qué es la legítima, cuáles son las
causales para poder desheredar de la legítima a los herederos, etc. Es por
ello que, teniendo en cuenta la variedad de interrogantes que surgen en torno
al Derecho Sucesorio, nosotros con el presente trabajo pretendemos dar
respuestas a la mayoría de dichas interrogantes generadas.
Iniciaremos estudiando el concepto básico de Derecho Sucesorio, luego
desarrollaremos el concepto de masa hereditaria y su conformación,
posteriormente las clases de sucesión, las clases de testamento como por
ejemplo los ordinarios y los especiales, seguidamente que es la legítima y la
porción de libre disposición, los herederos forzosos y el orden de preferencia
para heredar. Finalmente veremos la desheredación y sus causales, tema
relevante para el presente trabajo.
Ya de manera más específica continuaremos con el análisis del numeral 1 del
artículo 744 de nuestro Código Civil, para posteriormente lograr establecer las
posibles razones o fundamentos que permitan la desheredación del
descendiente que agrede al cónyuge de su ascendiente, es decir agresiones
propiciadas a la madre o padre afín de dicho descendiente, denominados así
por el Tribunal Constitucional teniendo en cuenta la inexistencia del vínculo
sanguíneo respecto de sus descendientes.
Colecciones
- Escuela de Derecho [191]
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