Análisis de la Certificación y Fiscalización Ambiental en el Ámbito del Cumplimiento de la Normativa Ambiental y Prevención de Impactos Ambientales
Resumen
Si tenemos en cuenta la realidad del mundo en que vivimos, observamos a diario
la magnitud de degradación del medio ambiente y posteriormente los múltiples
daños ocasionados a este, los diferentes tipos de contaminación producida por los
mismos pobladores de una determinada zona, hasta las empresas más grandes,
como por ejemplo de la actividad minera, textilera, pesquera, entre otras. En
términos de derechos fundamentales, lo que se quiere preservar es el derecho a
un ambiente sano y demostrar que con estos instrumentos de gestión ambiental y
fiscalización, se puede controlar la mala actividad en el aprovechamiento de
nuestros recursos y evitar la depredación del ambiente. Es de saber que el Perú
pertenece a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de tal manera el
protocolo de San Salvador, en su artículo 11, explícitamente indica “1. Toda persona
tiene derecho a vivir en un ambiente sano y a contar con sus servicios básicos. 2.
Los estados parte promoverán la protección, preservación y mejoramiento del
medio ambiente”.
El Perú es un país con una gran diversidad en lo que se refiere a recursos naturales
(paisajes, especies, etc), en tanto se debería adoptar un conjunto de políticas que
comprendan entre ellas la protección, prevención, restauración del medio ambiente;
es por esto y en ese sentido que la Ley N° 27446 Ley del Sistema Nacional de
Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), tiene por finalidad identificar para
prevenir, supervisar y controlar de manera anticipada los posibles impactos
ambientales que pudieren generar el desarrollo de determinadas actividades o
proyectos de inversión, se ha previsto en la mencionada Ley, que para poder dar
inicio a la ejecución de un proyecto de inversión se deberá contar con la certificación
ambiental expedida por la autoridad competente la cual contendrá a detalle los
posibles impactos ambientales a futuro, además las obligaciones que el certificador
establecerá y que por ende adquieren la calidad de fiscalizables por la entidad
competente, en esta caso el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
(OEFA). Una vez que se cuente con la Resolución de aprobación de la evaluación
ambiental se podrá dar inicio al desarrollo de las actividades.
Colecciones
- Escuela de Derecho [194]
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