Fundamentos jurídicos que hacen viable la obligación alimentaria de los hijos afines para con sus padres afines en el marco de las familias ensambladas en el Perú
Resumen
En nuestro entorno actual la frase “los declaro marido y mujer hasta que la muerte
los separe” va perdiendo sentido, pues cada vez son más frecuentes las
separaciones y divorcios. Esta problemática se refleja en el incremento de la tasa
de inscripciones de divorcios, así la Superintendencia Nacional de Registros
Públicos (SUNARP) dio a conocer que en el intervalo correspondiente a los
meses de enero a julio del año 2018 se inscribieron un total de 5,046 divorcios, lo
que representa un incremento de 4.90% respecto a las 4,810 separaciones
inscritas durante el mismo periodo del año 2017; asimismo, informaron que los
divorcios aumentaron en 16 departamentos del país: Amazonas, Áncash,
Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Ica, Junín, La Libertad,
Loreto, Pasco, Piura, Puno, Tacna y Tumbes (Redacción Perú21, 2018).
Es justamente el incremento de divorcios y separaciones lo que ha generado una
nueva estructura familiar, pues gran parte de los integrantes de dichas parejas
vuelven a iniciar una relación con otra persona que, de formalizarse, provoca la
convivencia no solo de la pareja sino de los hijos que tuvo o tuvieron en su
anterior relación, y con el tiempo, en algunos casos, de los suyos propios. Este
tipo de estructura familiar es conocida como familia reconstituida o ensamblada.
Ésta, no tan nueva estructura familiar, se ha venido popularizando tanto que,
incluso los conflictos que han surgido dentro de estas relaciones se han
convertido en unos de interés jurídico, llegando a ser tramitados y resueltos por
nuestros magistrados, así tenemos: el caso Shols Pérez (expediente N°093322006-PA/CT),
el
caso
Cayturo
Palma
(expediente
02478-2008-PA/TC),
el
caso
De
la
Cruz Flores (expediente N°04493-2008-PA/TC), y el caso Medina Menéndez
(expediente N°01204-2017-PA/TC); en cada uno de ellos, nuestro máximo
intérprete de la Constitución ha reconocido a esta estructura familiar como familia,
y como tal, protegida por el Estado y la comunidad; asimismo, reconoce que las
relaciones, los deberes y derechos entre los padres con sus hijos afines, carecen
de regulación legal específica, situación que genera múltiples incertidumbres
jurídicas.
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- Escuela de Derecho [194]
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