Fundamentos Jurídicos para Derogar el Delito de Abandono y Trato Cruel a los Animales Domésticos y Silvestres
Resumen
El artículo 206-A del Código Penal, que versa sobre el “Abandono y trato cruel a
los animales domésticos y silvestres”, incorporado en los delitos contra el
patrimonio a través de la Ley N° 30407 “Ley de Protección y Bienestar Animal”,
regula un delito que invita a detenernos, más de una vez, en la reflexión de los
criterios que conforman su tipicidad. Así, observamos la marcada problemática
que se presenta al determinar el bien jurídico protegido, y los sujetos de este tipo
penal, lo que conlleva a plantear diferentes supuestos en los que la deficiencia
de este delito impide su correcta tipificación. Por ello, la presente investigación
está enfocada fundamentalmente en formular un análisis crítico del artículo 206-
A del Código Penal.
Es así, que a lo largo de la investigación se han detectado vicios y deficiencias
en la estructura del tipo penal anteriormente señalado, los mismos que
desarrollamos detenidamente en nuestra tesis, utilizando tanto métodos de
investigación generales como el deductivo y analítico, y métodos de
investigación propios del Derecho como la hermenéutica jurídica, el método
dogmático jurídico, y el método exegético. En consecuencia, de este análisis
arribamos a varios fundamentos jurídicos para la derogación del delito antes
mencionado. Uno de ellos es que no existe correspondencia entre el bien jurídico
protegido en los delitos contra el patrimonio y el bien jurídico que se busca
proteger con este delito; siendo así, el tipo penal en estudio no podría formar
parte del Título V del Código Penal, dedicado únicamente a los delitos contra el
patrimonio. Asimismo, encontramos deficiencias estructurales al plantear
diversas situaciones en las que no se puede determinar quién sería el sujeto
pasivo de este delito. Haciendo análisis de los principios generales del Derecho
Penal detectamos serias vulneraciones a los principios de ultima ratio y de
proporcionalidad de la pena. De igual forma, hemos detectado que el causar la
muerte a un animal es un delito, que sigue vigente, en el inciso 4 del artículo 206
del Código Penal, por lo que claramente estaríamos ante una decisión político
criminal de sobrecriminalización. Lo anteriormente expuesto, configurarían los
fundamentos sobre los cuales se arriba a una propuesta derogatoria del delito
de abandono y trato cruel a los animales silvestres y domésticos.
En tal sentido, es que presentamos una propuesta legislativa, arribando a la
conclusión de que la incorporación de este tipo penal en el artículo 206-A, es
resultado de una decisión político criminal de sobrecriminalización; en
consecuencia, lo más adecuado hubiera sido que el delito de abandono y trato
cruel a los animales silvestres y domésticos siga considerándose como una falta
contra las buenas costumbres, tipificado en el artículo 450-A del Código Penal,
sin motivo por el cual derogarse, sino simplemente modificando su tipicidad.
Colecciones
- Escuela de Derecho [191]
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