Criterios jurídicos para la integración del enfoque de género en la teoría del delito a nivel de la tipicidad subjetiva
Fecha
2022-01-23Autor
Bringas Flores, Sandra Maribel
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente tesis, aborda la necesidad de contar con criterios jurídicos para la integración del enfoque de género en la Teoría del Delito a nivel de la Tipicidad Subjetiva, en aquellos delitos cualificados por la víctima mujer. En tal sentido, la tesis desarrolla la importancia del enfoque de género como herramienta metodológica y de análisis para evidenciar que en este proceso de relaciones disímiles y desventajas por los roles que la sociedad ha impuesto en perjuicio de las mujeres, el derecho no se ha mantenido ni objetivo ni neutral; y más bien ha contribuido a afianzarlo. Es así, que frente a las relaciones asimétricas que se han manifestado en violencia contra la mujer, se han presentado diversas violaciones a bienes jurídicos-penales y derechos fundamentales que el Derecho Penal ha recogido por disposición legislativa. De este modo se ha incorporado al catálogo penal, nuevas conductas delictivas y se han incrementado las penas en otras que ya se encontraban reguladas, hasta llegar inclusive a la cadena perpetua. Trastocando principios penales sustantivos y procesales como el de mínima intervención y objetividad, proporcionalidad y humanidad de las penas, presunción de inocencia y debido proceso.
Ahora bien, bajo una postura garantista y sobre la base filosófica del positivismo incluyente, se ha desarrollado en la investigación argumentos suficientes que hacen ver que la no comprensión del enfoque de género y los limites punitivos que posee un Estado social, democrático de Derecho, ha degenerado la recurrencia al Derecho Penal, sobrecriminalizando conductas que no sólo desde la tipificación, sino también desde la calificación de los delitos cualificados por una víctima mujer, afecta garantías y derechos también del imputado.
En este sentido, la tesis resalta la importancia de la Teoría del Delito, como fundamento del Derecho Penal, para evaluar dentro de sus elementos, a nivel de tipicidad subjetiva, la incorporación del enfoque de género, sobre la base de criterios jurídicos que lo sostienen en procura de buscar equidad entre las partes cuando se trata de la aplicación del derecho penal sustantivo y procesal.
Por tal razón, se proponen cinco criterios jurídicos, poseedores de sustento constitucional y convencional, que deben ser evaluados al momento de la calificación del hecho, consistentes en: i) Dignidad humana como bien jurídico general; ii) Equidad y no discriminación como fundamento de un derecho antidiscriminatorio; iii) Metodología y/o procedimiento que evidencia un reconocimiento de la víctima, su contexto, antecedentes y hechos debidamente acreditados; iv) Precisión a principios básicos del derecho penal (Principio de legalidad penal, taxatividad de la ley penal y ley cierta) y derecho procesal penal (debido proceso, presunción de inocencia, objetividad), y, v) Recurrencia al derecho penal ante hechos de reproche social intolerable por su impacto en la convivencia pacífica. Ello, con el propósito de garantizar que el Derecho penal se justifique si y solamente si garantiza a su vez los derechos de la víctima y del potencial autor del delito.
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