Fundamentos jurídicos para derogar el delito de aborto preterintencional en el código penal peruano
Resumen
En la presente investigación, el autor se ocupa de determinar los fundamentos
jurídicos para derogar el delito de aborto preterintencional en el Código Penal
peruano, en tanto se asegura que las características propias de los esquemas
complejos de tipicidad subjetiva colisionan con tres principios del ordenamiento
jurídico: El principio de legalidad, el principio de culpabilidad y el principio de
proporcionalidad.
Para conseguir aquel fin, se emplean métodos genéricos de investigación
(método hipotético-deductivo, método analítico-sintético y método inductivodeductivo) en convergencia con el método dogmático propio del derecho. A
través de estos se analiza dogmáticamente el delito de aborto recogido en el
artículo 118 del Código Penal, determinándose su naturaleza jurídica; se
identifican las exigencias del principio de legalidad en observancia del
establecimiento de delitos preterintencionales o cualificados por el resultado en
la legislación peruana; se describen los alcances del principio de culpabilidad en
correlación a la proscripción de responsabilidad penal objetiva; y, se desarrolla
el contenido del test de proporcionalidad, aplicando su estructura para
determinar si la medida legislativa cuestionada debe o no mantenerse vigente.
En cuanto a los resultados obtenidos, se colige que el Código Penal peruano
rechaza la estructura dolosa-culposa del delito en su artículo 12, en el que
descansa la limitación para la imputación de delitos culposos, descartándose la
responsabilidad penal por la combinación de aquellos elementos (lex stricta);
asimismo, se indica una vulneración a la garantía de la lex certa, ya que el
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lenguaje empleado en el artículo 118 de la Parte Especial del instrumento resulta
ser vago e impreciso.
Asimismo, se refiere una afectación a la función dogmática del principio de
culpabilidad que proscribe a la responsabilidad penal puramente objetiva,
situación que sustenta el marco punitivo elevado en el delito aludido, o,
alternativamente, se valora dos veces un mismo elemento subjetivo y se pena
por el riesgo que concurre con el dolo.
Finalmente, se utiliza el test de proporcionalidad para concluir que el delito es un
medio idóneo para conseguir el fin de proteger la vida humana dependiente,
empero no es el único medio que satisface aquel fin legítimo, confluyendo junto
a otros menos dañosos; de allí que se realice una propuesta para derogar el
texto legal del vigente artículo 118 del Código Penal y regular al delito de aborto
culposo, ergo, este último tipo podría subsumir los supuestos preterintencionales
(bajo la aplicación del concurso ideal) sin generar daños colaterales al contenido
de la norma constitucional.
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