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dc.contributor.advisorPimentel Tello, María Isabeles_PE
dc.contributor.authorCampos Maldonado, Milagros Patriciaes_PE
dc.date.accessioned2023-05-09T19:33:27Z
dc.date.available2023-05-09T19:33:27Z
dc.date.issued2023-04-24
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.14074/5732
dc.description.abstractMediante Ley N.° 30304, “Ley que prohíbe la suspensión de la ejecución de la pena a los delitos cometidos por funcionarios y servidores públicos”, de fecha 28 de febrero del año 2015, se modifica el artículo 57 del Código Penal, en el sentido que los funcionarios que sean condenados por delitos dolosos, establecidos en los artículos 384 (delitos de colusión simple y agravada) y 387 (peculado) del Código Penal, no puedan gozar de la suspensión de la pena, y por tanto, tendrán que cumplirla en su totalidad en prisión. De igual modo, el día 06 de enero del año 2017, se promulga el Decreto Legislativo N.° 1351, denominado “Decreto Legislativo que modifica el Código Penal a fin de fortalecer la seguridad ciudadana”, por el cual nuevamente se modifica el texto del artículo 57 del Código Penal, estableciéndose que la figura de la suspensión de la ejecución de la pena no podría aplicarse a los servidores y funcionarios públicos condenados, además de los ilícitos de colusión y peculado, por los delitos previstos en el artículo 389, segundo párrafo (delito de malversación), artículo 395 (delito de cohecho pasivo específico), artículo 396 (delito de corrupción pasiva de auxiliares jurisdiccionales), artículo 399 (delito de negociación incompatible), y el artículo 401 (delito de enriquecimiento ilícito) del Código Penal. Así, si la finalidad fue imponer severidad en la aplicación de las sanciones penales; no obstante, ello solo aplica para algunos ilícitos penales contra la Administración Pública, dejándose de lado otros delitos tan importantes comprendidos también dentro de esta clase de delitos. Tal es así, que, en estos casos, y de presentarse aquellos presupuestos contemplados en el artículo 57 de nuestro Código Penal, no habría restricción alguna para que los jueces, en determinado caso en específico, puedan disponer como consecuencia, se aplique la denominada figura de la suspensión de la ejecución de la condena, para funcionarios y servidores públicos, lo cual resulta seriamente preocupante; no entendiéndose el porqué de esta diferenciación. En esa línea, pretendemos demostrar que, en la emisión de la normativa antes señalada, y haciendo un análisis tetradimensional del derecho, no se han valorado en todas sus aristas las valoraciones: sensación de impunidad por parte de la sociedad, desconfianza que proviene por parte de la misma, generar un efecto amedrentador, suspender la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta, las cuales debieron ser tomadas bajo consideración para establecer la regulación propuesta. Siendo ello así, hemos procedido a establecer una solución mediante la exploración de la naturaleza legal en los Delitos contra la Administración Pública y su bien jurídico protegido; para luego evaluar su compatibilidad con el fin o fines que se persigue con la aplicación de penas, sobre la base de principios que guían la correcta administración de los caudales del Estado, los principios contenidos en la normativa denominada “Código de Ética de la Función Pública”; y, teniendo en cuenta, además la observancia del fin político criminal del ilícito en estudio, desde una visión de la corriente ius filosófica del Tetradimensionalismo en el Derecho Penal.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional de Cajamarcaes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.sourceUniversidad Nacional de Cajamarcaes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UNCes_PE
dc.subjectsuspensión de la ejecución de la penaes_PE
dc.subjectcorrupción políticaes_PE
dc.subjectadministración públicaes_PE
dc.subjectpolítica criminales_PE
dc.subjectdelitoes_PE
dc.subjectpenaes_PE
dc.titleRazones jurídicas para justificar la extensión de la ley n° 30304 y del decreto legislativo n° 1351 a otros delitos contra la administración públicaes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional de Cajamarca. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.nameDoctor en Ciencias. Mención: Derechoes_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni44607206
renati.advisor.dni22503219
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0001-7010-4305es_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/nivel#doctores_PE
renati.discipline421018es_PE
renati.jurorRomero Mendoza, Joeles_PE
renati.jurorSerrano Medina, Glenn Joees_PE
renati.jurorCueva Huaccha, Ernestoes_PE


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