Operaciones no reales artículo 44 de la Ley del Impuesto General a las Ventas
Resumen
La presente investigación titulada: “Operaciones no reales artículo 44 de la Ley del Impuesto General a las Ventas”, se realizó con el objetivo de analizar las Resoluciones del Tribunal Fiscal y normas tributarias para ver el tratamiento del artículo 44 de la Ley del IGV. Se utilizó el tipo de investigación analítica, de nivel descriptivo y de diseño no experimental transversal, los métodos utilizados fueron deductivo, explicativo y analítico-sintético; para recolectar los datos se utilizó la técnica de análisis documental y de instrumento fichas de investigación documental. Los resultados concluyeron que: (a) Las operaciones no reales, en la práctica nos lleva a generar muchas suposiciones respecto al tratamiento del artículo 44 de la LIGV, ya que depende del fiscalizador y no de alguna normativa donde este estipulado minuciosamente como debería de ser el tratamiento, conllevando a falta de exactitud por parte de la administración tributaria como intérprete de la norma. (b) Las operaciones no reales descritas en el artículo 44 de la LIGV en la mayor parte tiene efecto en el desconocimiento al crédito fiscal por parte de SUNAT hacia el adquiriente del comprobante de pago, teniendo que apelar ante el Tribunal Fiscal. (c) La SUNAT es la encargada de solicitar en base a su criterio y análisis de la norma tributaria, los requerimientos iniciales en la fiscalización, que al final serán los criterios de mínimo probatorio a considerar por el Tribunal Fiscal, Por otro lado el Tribunal Fiscal tiene como criterio para resolver que se ha infringido en el artículo 44 inciso a) o b) de la LIGV, sus antecedentes en anteriores resoluciones, siendo a veces un poco contradictorios, causando incertidumbre tributaria al contribuyente, el cual terminara no teniendo claro respecto al crédito fiscal que le correspondería utilizar
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- Escuela de Contabilidad [226]
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