La tutela procesal efectiva y el debido proceso como fundamento para instar el control de tipicidad al inicio de la audiencia de prisión preventiva
Resumen
Este trabajo está destinado a hacer un análisis normativo, doctrinario y
jurisprudencial de la prisión preventiva, y dentro de ella sus presupuestos o
requisitos, como son: los graves y fundados elementos de convicción, la pena
probable, el peligro procesal, la proporcionalidad de la medida y la duración de
la medida; que nos lleven a conceptualizarla en su real dimensión, así como
entender cuál sería su finalidad.
En ese sentido, en este trabajo monográfico nos ocuparemos de la audiencia
de prisión preventiva, averiguar cuál es su mecánica en la discusión o debate
de sus presupuestos procesales, a fin de verificar si existe un estadío donde
se pueda discutir la subsunción o encuadramiento del hecho, al supuesto de
hecho contemplado en la norma penal material, sin que ello signifique
desvirtuar el carácter delictuoso del evento criminal; además, abordaremos el
tema de la especial o cualificada fundamentación que deberá tener el auto que
concede la prisión preventiva.Luego nos acercaremos a la definición de la tutela procesal efectiva, y del
derecho al debido proceso, a fin de determinar que la primera es una categoría
un tanto abstracta, mientras que el derecho al debido proceso, es la parte
concreta, en tanto se manifiesta en una serie de derechos y garantías que el
estado debe observar, lo que más adelante nos llevará a la conclusión que el
respeto a la tutela procesal efectiva y al debido proceso, deben ser fundamento
para instar un control de tipicidad en la audiencia de prisión preventiva, sobre
todo si parte del derecho a la defensa y el principio de una imputación
necesaria.
Para ir terminando, analizaremos el tratamiento jurisprudencial sobre los temas
de tipicidad e imputación necesaria en la prisión preventiva, tratados en
diferentes ejecutorias supremas, a través de las cuales podremos verificar
cómo la Corte Suprema de Justicia de la República ha evolucionado sobre una
posición inicial, que consideraba un tabú hacer cuestiones de control de
tipicidad en la audiencia de prisión preventiva, para luego virar y sostener que este tipo de actuaciones si es posible, es más, sería una actuación necesaria,
justamente para observar la tutela procesal efectiva y el debido proceso.
Finalmente, llegaremos a la conclusión que, si es posible hacer un control de
tipicidad al inicio de la audiencia de prisión preventiva, teniendo como
fundamentos macro, la tutela procesal efectiva y el debido proceso y, como
fundamentos específicos, el respeto al derecho a la defensa y al principio de
imputación necesaria.
Colecciones
- Escuela de Derecho [194]
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